jueves, 3 de julio de 2008

Democracia.

EL DISEÑO DE LOS DISTRITOS ELECTORALES
BAJA CALIFORNIA 1992 – 2007

POR: LEOPOLDO MARTINEZ HERRERA
MEXICALI, B.C. JUNIO 2008

EL DISEÑO DE LOS DISTRITOS ELECTORALES EN BAJA CALIFORNIA 1992-2007.


1. Los modelos de los sistemas electorales.
Los fines
a) Gobernabilidad
b) Representatividad

Los modelos.
a) Normativo: componentes multivariados
b) Intensivo: permisividad-restrictividad

2. Las distorsiones de los modelos.
Los efectos
a) Gobernabilidad no democrática
b) Representación excesivamente atomizada

Los modelos
a) Modelo defectuoso por utilidad política (gerrymandering)
b) Sesgos con sub y sobrepresentación (malaporcionamiento)

3.. El caso de Baja California 1992-2007
b) Las fallas normativas
c) Los indicadores de sub y sobrerepresentación

1.EL ABORDAJE EXIGUO RESPECTO A:


A) LA DINÁMICA TRANSICIONAL EN LAS LOCALIDADES.

B) LA ATENCIÓN APLICADA DE LAS REFORMAS EN LOS SISTEMAS
LOCALES


2.LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA INCOMPLETA Y DEFECTUOSA.

A) EL PROBLEMA ENDEMICO E HISTÓRICO DE LA REPRESENTACIÓN
DEFECTUOSA DE LAS ENTIDADES.

1. LOS MODELOS DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

1.1 Los fines
a) Gobernabilidad
b) Representatividad

1.2 Los modelos
a) Normativo: componentes multivariados
b) Intensivo: permisividad-restrictividad

PARADOJA DE LOS SISTEMAS ELECTORALES DEMOCRÁTICOS

A) GOBERNABILIDAD

+ EFICACIA
+ ESTABILIDAD
- PLURALIDAD
- RESPONSABILIDAD

FINES DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

DICOTOMÍA

SISTEMAS ELECTORALES

1. SISTEMAS MAYORITARIOS
1.MAYORIA RELATIVA

2. MAYORIA ABSOLUTA

2. SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

1. REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PURA
2. REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL IMPERFECTA
3. REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL CON BARRERA
LEGAL

3. SISTEMAS MIXTOS 1. MIXTO CON DOMINANTE MAYORITARIO
2. MIXTO CON DOMINANTE PROPORCIONAL
3. MIXTO EQUILIBRADO

Cuadro elaborado por Leopoldo Martínez Herrera, de acuerdo a Dieter Nohlen y Jean Marie Cotteret.

LAS NUEVAS TENDENCIAS EN LOS SISTEMAS ELECTORALES EN EL MUNDO

ELEMENTOS DEL SISTEMA ELECTORAL

ELEMENTOS SIGNIFICADO

1. SUBDIVISIÓN DEL TERRITORIO ELECTORAL EN CIRCUNSCRIPCIONES.


2. FORMAS DE CANDIDATURAS


3. PROCEDIMIENTOS DE EMISIÓN DE VOTOS


4. PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO  ES EL AREA GEOGRAFICA EN LA CUAL HABITA UNA POBLACIÓN DE CIUDADANOS CUYOS VOTOS DETERMINAN LA ASIGNACIÓN DE CURULES, ESCAÑOS Y OTROS CARGOS DE ELECCIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS VOTOS QUE SEAN EMITIDOS EN OTRAS AREAS GEOGRAFICAS.

 LAS CANDIDATURAS SE PRESENTAN A TRAVES DE DOS FORMAS UNIPERSONAL O DE LISTA, LA FORMA DE CANDIDATURA POR LISTA PUEDE PRESENTAR LAS SIGUIENTES VARIANTES:
a) LISTA CERRADA Y BLOQUEADA
b) LISTA CERRADA Y NO BLOQUEADA
c) LISTA ABIERTA

 LAS FORMAS DE VOTAR ESTAN LIGADAS FRECUENTEMENTE A LAS FORMAS DE LAS CANDIDATURAS LAS FORMAS DE EMISIÓN DEL VOTO PRESENTAN LAS SIGUIENTES VARIANTES:
a) VOTO UNICO
b) PRFERENCIAL O ALTERNATIVO
c) VOTO MÚLTIPLE
d) VOTO MÚLTIPLE LIMTADO
e) VOTOACUMULATIVO
f) PANACHAGE
g) DOBLE VOTO
h) VOTO SIMULTANEO
i) VOTO A DOS VUELTAS
j) VOTO UNICO NO TRANSFERIBLE
k) VOTO UNICO TRANSFERIBLE

 ES EL METODO MEDIANTE EL CUAL LOS VOTOS SE CONVIERTEN EN ESCAÑOS O PUESTOS PUBLICOS. EXISTEN DOS GRANDES FORMAS: EL PROCEDIMIENTO DE MAYORIA Y EL PROCEDIMIENTO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL.
a) PROCEDIMIENTOS DE MAYORIA:
- RELATIVA
- ABSOLUTA
b) REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
- POR COCIENTE SIMPLE
- POR DIVISOR O MEDIA MAYOR

MODELO INTENSIVO
PERMISIVIDAD – RESTRICTIVIDAD

TRADICIONES
POLÍTICAS
ARGUMENTO NIVELES DE PARTICIPACION PROPOSITOS RESULTADOS
LIBERAL


REPUBLICANA
- Los factores de complejidad, cognocibilidad y emotividad patrocinan una participación limitada de los ciudadanos en las decisiones respecto a las políticas públicas del estado.


- La concepción de la comunidad como totalidad así como el principio de soberanía que surge de la voluntad popular promociona la conducta participativa del ciudadano. El sujeto como ciudadano ejerce una función de control del poder estatal y la participación política es una dimensión de su autodeterminación. - La menor cantidad posible de tal manera que permita los acuerdos y las decisiones eficaces.
- Lo mínimo aceptable de acuerdo con los parámetros de legitimidad y legalidad que la sociedad ha acordado.

- En esta tradición la participación es instrumental.

- De intensa a muy intensa.
- La participación es un fin y como condición para la realización de la autonomía de la comunidad política en un proceso común de autodeterminación. - Garantizar un sistema de protección a determinados sectores.
- Mantener la co-existencia de intereses divergentes dentro de una multitud de intereses protegidos por el estado de derecho.

- La construcción y preservación de la comunidad a través de la solidaridad promoviendo el reconocimiento del interés colectivo de todos y por todos. - Sistema político electoral restrictivo.

- Sistema de representación en sentido estricto.

- Sistema político electoral permisivo.

- Un sistema de representación política incluyente.

NOTA: Cuadro elaborado por : Leopoldo Martínez Herrera


PERMISIVIDAD EXTREMA – RESTRICTIVIDAD EXTREMA

ASPECTOS A CONSIDERAR DE UN MODELO INTENSIVO

2. LAS DISTORSIONES DE LOS MODELOS

2.1 Los efectos
a) Gobernabilidad no democrática
b) Representación excesivamente atomizada

2.2 Los Modelos
a) Modelo defectuoso por utilidad política (gerrimandering)
b) Sesgos con sub y sobrerepresentación (malaporcionamiento)

LA DISTORSION DE UN MODELO ELECTORAL DEMOCRATICO

DISTRIBUCIÓN DEL PODER
B) VOLUMEN DE PODER

EJEMPLO DE TRAZO DE DISTRITO ELECTORAL CON GERRYMANDRIA

DISTRITO I DISTRITO II

P2 P2

P1 P1

P2 P2

PI P1

P1 P2 P1

P1

P2 P1



EFECTOS DE MANIPULACIÓN EN LOS TRAZOS DE DISTRITACION

MODELO 1
MODELO 2
TERRITORIO ELECTORAL QUE CUENTA CON:


 TRES DISTRITOS RURALES (R)
 UN DISTRITO URBANO (U)
 EN LOS DISTRITOS RURALES PREVALECE EL PARTIDO B.
 EN EL DISTRITO URBANO PREVALECE EL PARTIDO A MEZCLAMOS LOS DISTRITOS Y CREAMOS UN MODELO DISTINTO REPRESENTADO POR EL MODELO 2 TERRITORIO ELECTORAL QUE CUENTA CON:


 CUATRO DISTRITOS URBANOS-RURALES (UR)
 CERO DISTRITOS URBANOS (U)
 CERO DISTRITOS RURALES (R)


MALAPORCIONAMIENTO

DISTRITO 1 (ORIGINAL)

DISTRITO 1 DISTRITO II

P1 P1 P 2

P1
P1 P2

P1 P1 P2

P3

P1 P3


3. EL CASO DE BAJA CALIFORNIA 1992-2007

a) Las fallas normativas
b) Los indicadores de sub y sobrerepresentación


3. LA IGUALDAD DEL VOTO ¿MITO O REALIDAD?

LA SOBRE Y LA SUBREPRESENTACIÓN RATIFICA LA VIGENCIA DE UNA CONTRADICCIÓN DE LA PREMISA DEMOCRÁTICA “IGUALDAD DE CUOTA DE VALOR DE DECISIÓN POLÍTICA A CADA CIUDADANO”

EL MALAPORCIONAMIENTO EN BAJA CALIFORNIA.

a) TESIS A FAVOR:

ESTA TESIS ACEPTA CUALQUIER SESGO EN LA REPRESENTACIÓN PUES GUIADO POR EL PRINCIPIO DE LA INCLUSIÓN PREVALECE LA REPRESENTACIÓN SOBRE EL PRINCIPIO DE LA IGUALDAD DEL VOTO.

b) TESIS EN CONTRA:

EN ESTE CASO PREVALECE EL PRINCIPIO DE “IGUALDAD DE CUOTA DE VALOR PARA CADA CIUDADANO” Y ACTUAR DE OTRA MANERA SERIA, ROMPER CON DICHO PRINCIPIO.

ANALISIS NORMATIVO 1989-2007
SOBRE DIVISION DISTRITAL EN BAJA CALIFORNIA

MARCO NORMATIVO: BASE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTICULO 116 FRACCION II:
“EL NUMERO DE REPRESENTANTES EN LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS SERA
PROPORCIONAL AL DE HABITANTES DE CADA UNO..”.

Ley Electoral del estado de Baja California
Elecciones 1989-1992 Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California
Elección 1995 Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California
Elección 1998 Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California
Elección 2001 Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de
Baja California
Elección 2004-2007

ARTICULO 89.- El Registro Estatal de Electores tiene las facultades y obligaciones siguientes:

I.-Proponer a la Comisión Estatal Electoral la división territorial del Estado en distrito electorales, tomando como base el último censo de población y la estimación oficial del Gobierno del Estado sobre aumento de población.
ARTICULO 188.- Son atribuciones de la Dirección General del Registro Estatal de Electores las siguientes:

III.-Proponer al Consejo Estatal Electoral la división territorial del Estado en distritos y secciones electorales, tomando como base el último censo oficial y la estimación del aumento de la población, así como los estudios técnicos realizados para este efecto, por la Comisión Estatal de Vigilancia.


ARTICULO 170.- Son atribuciones de la Dirección General del Registro Estatal de Electores, las siguientes:

III. Realizar los estudios y formular los proyectos de la división territorial del Estado en distritos y secciones electorales, atendiendo los criterios de carácter técnico, geográficos, demográficos y procurando equilibrar el número de electores por distrito a la media estatal. En caso de que un Municipio cuente con más del cincuenta por ciento del promedio que resulte de dividir el total de electores del Padrón Estatal Electoral entre los dieciséis distritos, tendrá derecho a un distrito
electoral circunscrito a su ámbito Municipal.
ARTICULO 174.- Son atribuciones de la Dirección General del Registro Estatal de Electores, las siguientes:

III. Realizar los estudios y formular los proyectos de la división territorial del estado en distritos y secciones electorales, atendiendo los criterios de carácter técnico, geográficos, demográficos y procurando equilibrar el número de electores por distrito a la media estatal. En caso de que un Municipio cuente con más del cincuenta por ciento del promedio que resulte de dividir el total de electores del Padrón estatal Electoral entre los dieciséis distritos, tendrá derecho a un distrito electoral circunscrito a su ámbito Municipal.

ARTICULO 204.- Para efectos de dividir territorialmente al Estado, en Distritos y Secciones Electorales, la Dirección del Registro Estatal Electoral podrá formular un proyecto de división territorial, atendiendo los criterios de carácter técnico, geográficos, demográficos y procurando equilibrar el número de electores por distrito a la media estatal. En caso de que un Municipio cuente con más del cincuenta por ciento del promedio que resulte de dividir el total de electores del Padrón Estatal Electoral entre los dieciséis distritos, tendrá derecho a un distrito electoral circunscrito a su ámbito Municipal.

CUADRO 2

RAZON MUNICIPAL DE ELECTORES POR DIPUTADO YLA RAZON ESTATAL
DE ELECTORES POR DIPUTADO

CUADRO 3

COMPARATIVO DE CURULES ASIGNADAS REALMENTE Y CURULES ASIGNADAS HIPOTÉTICAMENTE EN LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO 1992-2004


*Tijuana y Playas de Rosarito comparten el Distrito XVI

Indica sobrerepresentación

Indica subrepresentación


CUADRO 4

INDICADORES DE MALAPORCIONAMIENTO EN LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO
1992 - 2004


NIVELES DE SOBRE Y SUBREPRESENTACION
DISTRITOS DE BAJA CALIFORNIA 2007

MEDIA ESTATAL 131,568


LEY DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

TEXTO VIGENTE:

ARTICULO 204. PARA EFECTOS DE DIVIDIR TERRITORIALMENTE AL ESTADO, EN DISTRITOS Y SECCIONES ELECTORALES, LA DIRECCIÓN DE REGISTRO ESTATAL ELECTORAL PODRA FORMULAR UN PROYECTO DE DIVISIÓN TERRITORIAL ATENDIENDO A LOS CRITERIOS DE CARÁCTER TÉCNICO, GEOGRAFICOS, DEMOGRAFICOS Y PROCURANDO EQUILIBRAR EL NUMERO DE ELECTORES POR DISTRITO A LA MEDIA ESTATAL. EN CASO DE QUE UN MUNICIPIO CUENTE CON MAS DEL CINCUENTA POR CIENTO DEL PROMEDIO QUE RESULTE DE DIVIDIR EL TOTAL DE ELECTORES DEL PADRÓN ESTATAL ELECTORAL ENTRE LOS DIECISÉIS DISTRITOS, TENDRA DERECHO A UN DISTRITO ELECTORAL CIRCUNSCRITO A SU AMBITO MUNICIPAL.

SE PROPONE QUE DIGA:

ARTICULO 204. PARA LOS EFECTOS DE DIVIDIR TERRITORIALMENTE AL ESTADO EN DISTRITOS Y SECCIONES ELECTORALES, LA DIRECCIÓN DEL REGISTRO ESTATAL DE ELECTORES DEBERA FORMULAR UN PROYECTO DE DIVISIÓN TERRITORIAL ATENDIENDO AL NUMERO DE HABITANTES PROCURANDO SU PROPORCIONALIDAD ASI COMO EQUILIBRAR EL NUMERO DE ELECTORES POR DISTRITO A LA MEDIA ESTATAL.


CRITERIOS DE EVALUACION DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

CRITERIOS ELEMENTOS


1. REPRESENTACIÓN

2. EFECTIVIDAD

3. PARTICIPACIÓN.

4. SIMPLICIDAD

5. LEGITIMIDAD
- Se trata de reflejar adecuadamente los intereses sociales y opiniones políticas en los órganos representativos.
- Tiene un doble sentido:
a) Representación para todos
b) Representación justa o proporcional

- Consiste en la agregación de intereses sociales y opiniones políticas de tal manera que de ellos resulten decisiones políticas.
- Incluye dos aspectos:
a) El número o la reducción del número de partidos que obtienen mandatos.
b) La formación de una mayoría partidaria o de coalición que tenga carácter estable en el parlamento..

- Se trata de la mayor o menor posibilidad de expresar la voluntad política en el marco de las alternativas entre votos personalizados vs voto de partido o de lista.
- Incluye las siguientes opciones:
a) El grado de relación entre elector y elegido.
b) La operación de voto personalizado o bien de un voto extremo (lista bloqueada).

- Significa generar condiciones para que se pueda prever cuales serán los efectos del voto.
- Implica lo siguiente:
a) Que el ciudadano pueda comprender como opera el sistema electoral.
b) Evitar suspicacias respecto a la transparencia de las elecciones.

- Este engloba a todos los demás, pues se refiere a la aceptación de las reglas del juego de la democracia electoral.
- Implica los siguientes aspectos:
a) El sistema electoral sirve para unir o desunir al país.
b) La profundidad y extensión de la crítica que recibe el sistema electoral por parte de la opinión pública.
c) La apreciación subjetiva por parte de los ciudadanos respecto a su aceptación de las características, funcionamiento y resultado del sistema electoral.

NOTA: Elaborado por Leopoldo Martínez Herrera a partir de Dieter Nohlen, Observador Electoral Latinoamericano,
www.observatorioelectoral.org/biblioteca/